Términos & Condiciones

Términos y condiciones para Alquiler de Mobiliario, equipos técnicos y producción de stands.

  

  • El mobiliario cotizado esta sujeto a disponibilidad en el momento del pedido
  • Los precios de alquiler pueden cambiar de acuerdo a la cantidad de días, tenemos precios especiales para ferias donde se cobra solo un día de alquiler y se damos  de cortesía máximo 2 días más, este beneficio No aplica todos los elementos de mobiliario.
  • Al momento de cotizar se ajustaran los valores de acuerdo a la solicitud especifica por días y cantidades, lugar y horarios específicos de cada evento
  • El servicio de logística de transportes, personal de montaje y desmontaje se cotizara de acuerdo a cada solicitud teniendo en cuenta tamaño del carro necesario, cantidad de personal necesario , lugar y horarios de montaje y desmontaje. Los montajes en horario nocturno, dominicales o festivos tendrán en recargo del 15%.
  • Las reservas se hacen efectivas al pagar el 50% de anticipo del valor del alquiler, bajo ninguna circunstancia este dinero de reservas es reembolsable.
  • En caso de pérdida o daño del mobiliario  en alquiler, se deberá pagar el valor comercial de estos.
  • El mobiliario no puede mojarse a no ser que sea mobiliario. específicamente en teca o materiales que así lo permitan y que así se especifiquen por escrito.
  • Si al momento del montaje se presenta un cambio en la no utilización de los elementos aprobados, tenga en cuenta que de igual forma deberá pagarse el  100% del total de la pieza + transporte.
  • Redkiwi requiere a todos sus terceros que Los empleados y vehículos cuenten con ARL y seguros respectivos durante el evento solicitado.
  • Redkiwi no se hace responsable de seguros de los eventos como tal, en este caso los clientes deben suministrar y tener sus seguros contractuales para cubrir cualquier imprevisto en las locaciones donde se realice el evento y debe asumir la seguridad social de sus invitados y empleados.
  • En caso de cancelación por fuerza mayor : terremoto, terrorismo, pandemias, disturbios en el orden civil en el país Redkiwi SAS NO habrán penalizaciones por reasignación de fechas en caso de vento de fuerza mayor , pero No se realizara reembolsos de dinero y se podrá cambiar la fecha de acuerdo a la disponibilidad de todos sus elementos , en caso de que que se requiera la solicitud de nuevos elementos por disponibilidad se cobrarán como extras . En el caso de transportes realizados, elementos perecederos que se hayan comparado para catering, decoración se cobrarán como extras.
  • Todos los elementos Adicionales presentados al momento del evento serán cotizados para su aprobación antes de ser despachados y se facturarán como extras
  • Los diseños, ilustraciones y contenidos propuestos en esta propuesta son propiedad de Redkiwi S.A.S. y los protege la ley 256 de1997. Los elementos gráficos, mobiliario y material de exhibición suministrados por el cliente son responsabilidad del cliente. RedKiwi NO se hace responsable de los despachos, transporte ni montaje de estos elementos.
  • Redkiwi NO se hace responsable por robo o daño de equipos, por eso se solicita al proveedor tener sus seguros al día.
  • Los diseños, renders, ilustraciones y contenidos de las propuestas de producción de eventos, escenografías, stands y espacios efímeros son propiedad de Redkiwi SAS y los protege la ley 256 de 1997. Todos los artes deben ser suministrados por el cliente en caso de requerir el servicio de diseño gráfico se cotizará por aparte.

Términos y condiciones para producción de eventos

 

De acuerdo al evento solicitado estas clausulas pueden cambiar , en general estos son los términos para los contratos de servicios :

CLÁUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente contrato es la prestación por parte del CONTRATISTA de sus servicios profesionales como organizador de eventos, todo de acuerdo con las obligaciones que se señalan más adelante.

El CONTRATISTA prestará por este evento sus servicios de manera independiente, es decir, sin que exista subordinación jurídica y utilizando sus conocimientos profesionales para la prestación de los servicios profesionales de los que trata este Contrato.

Por su parte, el CONTRATANTE le pagará al CONTRATISTA como contraprestación por los servicios profesionales aquí establecidos la suma de $XXX por la gestión realizada para CONTRATISTA  con motivo NOMBRE DEL EVENTO  

CLÁUSULA SEGUNDA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA se obliga para con EL CONTRATANTE a:

  1. Desarrollar de manera autónoma e independiente las labores descritas en este Contrato; así como utilizar toda su experiencia, profesionalismo y conocimientos en temas de organización de eventos.
  2. Desarrollar sus labores con el máximo nivel de diligencia en los asuntos encomendados y cumpliendo con los estándares de calidad y eficiencia acordados por el CONTRATANTE.
  3. El CONTRATISTA tendrá en términos generales las siguientes responsabilidades y tareas bajo este Contrato:

3.1.  Análisis de la información para reconocer el (los) posible (s) tema (s) a desarrollar.

3.2. Diseño de renders, coordinación  y ejecución de la organización del evento, según instrucción de EL CONTRATISTA  que permita el éxito de NOMBRE DEL EVENTO

Todo de acuerdo con la cotización XXX de FECHA XXX  anexa en el presente contrato.

3.3. Proveer a través de terceros los servicios incluidos en la cotización anexa en el presente contrato.

3.4 Garantizar el precio convenido siempre y cuando el evento se realice en las fechas cotizadas y los pagos e realicen en las fechas acordadas En caso contrario se acordarán entre las PARTES los ajustes que sean necesarios. En ningún caso se hará devolución de los dineros entregados como anticipos.

 

CLÁUSULA TERCERA. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE. EL CONTRATANTE por su parte se obliga a:

 

  1. Pagar oportunamente al CONTRATISTA por concepto de servicios profesionales, la suma de $XXX para la organización del evento XXX durante el término de duración del Contrato.

 

  1. Para el pago, el CONTRATISTA deberá presentarle al CONTRATANTE una cuenta de cobro por el valor contratado sin impuestos y una factura por el valor contratado con impuestos  por ciento del valor del contrato por la realización del evento. EL CONTRATANTE tendrá a su vez un plazo de hasta FECHA XXX para hacer el pago total correspondiente.

 

  1. Facilitar el acceso a la información y elementos que sean necesarios, de manera oportuna, para la debida ejecución del objeto del Contrato.
  2. Tomar en cuenta las recomendaciones que el CONTRATISTA le imparta durante la ejecución del Contrato para el desarrollo de las metas establecidas por las Partes.

 

  1. Prestar toda la colaboración necesaria al CONTRATISTA para que este pueda desarrollar sus actividades de la mejor manera posible.

 

  1. Recibir la documentación y demás elementos que le devuelva el CONTRATISTA a la terminación de este Contrato.

 

  1. Asumir y sufragar todos y cualesquiera costos, gastos, impuestos, tasas, contribuciones y demás erogaciones que se causen con ocasión de la actividad contratada, con excepción de los costos propios de las actividades a que se compromete el CONTRATISTA.

 

  1. Las demás que determine la ley y este Contrato.

CLÁUSULA CUARTA. CONFIDENCIALIDAD

Las partes reconocen que la prestación de los servicios, según se contempla en el presente, involucrará acceso a información de valor sustancial para ambas, que es nueva y no públicamente conocida en el mercado y que les otorga ventaja sobre sus competidores que no la conocen ni utilizan, incluyendo, sin carácter limitativo, técnicas, diseños, dibujos, procesos, invenciones, desarrollos, equipos, prototipos, información de ventas y de clientes e información de negocios y financiera, relacionada con el negocio, los productos, prácticas o técnicas de cada una de las partes (en adelante “Información Confidencial”). Las partes deberán, en todo momento, considerar y realizar todos los esfuerzos razonables para mantener la confidencialidad de la Información Confidencial obtenida por cada una de ellas de cualquier fuente y, durante la vigencia del Acuerdo o con posterioridad al mismo, no publicará ni divulgará dicha Información Confidencial, ni utilizará la misma salvo en nombre de la parte, sin el previo consentimiento por escrito de la otra. Toda la información entregada a una de las partes o a la cual cada parte hubiese tenido acceso será considerada Información Confidencial, marcada o no como tal, salvo sea especificado de alguna otra forma en los incisos (a) a (d) a continuación.

  • Por el presente, las partes aceptan que todas las notas, datos, bocetos, dibujos u otros documentos y registros, y todo el material y artículos físicos de cualquier tipo, incluyendo reproducciones y copias de los mismos, que se relacionen de cualquier forma con el negocio, productos, prácticas o técnicas de la otra parte, o que contengan Información Confidencial, realizados por una de las partes o que lleguen a poder de una de ellas a razón del presente Acuerdo, son propiedad de la otra parte y deberán ser entregados de inmediato a dicha parte ante la finalización de la relación comercial.

 

  • Las partes aceptan que no divulgarán a la otra parte, ni la inducirán a utilizar, ninguna invención o información confidencial que pertenezca a terceros. Las partes procurarán que todos sus empleados se obliguen y respeten las obligaciones de confidencialidad incluidas en el Acuerdo y las partes realizarán todos sus esfuerzos razonables para garantizar que sus empleados cumplan con dichas obligaciones.
  • Las partes quedarán liberadas de las obligaciones conforme al párrafo 2 respecto de cualquier parte específica de la Información Confidencial cuando pueda probar que:

          (a) Dicha Información Confidencial era de conocimiento público al momento de su comunicación a una de las partes por la otra;

          (b) Dicha Información Confidencial fue desarrollada por empleados o agentes de una de las partes en forma independiente y sin referencia a la Información Confidencial u otra información que la otra parte haya divulgado en secreto a terceros; o,

          (c) Dicha Información Confidencial fue comunicada por una de las partes a terceros sin obligación de confidencialidad; o

          (d) Una de las partes debe divulgar la información por orden judicial, en cuyo caso deberá notificar a la otra parte de tal divulgación y deberá brindarle, a su costa y gasto, la posibilidad de obtener una medida de protección apropiada para evitar la divulgación de dicha información.

CLÁUSULA QUINTA. TÉRMINO DE DURACIÓN. El presente Contrato tendrá una duración a partir de su firma, y hasta FECHA XXX  

CLÁUSULA SEXTA. NATURALEZA. El presente Contrato es de naturaleza eminentemente comercial y por consiguiente se regirá en todo lo no estipulado en él, por las normas del Código Civil y Comercial.

CLÁUSULA SÉPTIMA. INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA. En desarrollo del presente Contrato, el CONTRATISTA actuará por su propia cuenta, con autonomía y por tanto no estará sometido a subordinación laboral con el CONTRATANTE.

El CONTRATISTA cumplirá las obligaciones objeto de este contrato utilizando, en caso de ser necesario, sus propios recursos humanos. Por lo tanto, entre el CONTRATANTE y (i) el CONTRATISTA, (ii) los empleados, trabajadores, obreros y/o operarios del CONTRATISTA y (iii) demás personas que intervengan por cuenta del CONTRATISTA en la ejecución del Contrato no existen ni existirá vínculo laboral o civil alguno, ni relación de solidaridad o responsabilidad a cualquier título. En consecuencia, el CONTRATISTA asume toda la responsabilidad que le corresponde como único empleador o contratante de las personas que llegare a utilizar siendo de su cargo, entre otros, los salarios, prestaciones sociales, indemnizaciones, honorarios y demás obligaciones a que hubiere lugar.

CLÁUSULA OCTAVA. CESIÓN DEL CONTRATO. Queda prohibido a las PARTES ceder parcial o totalmente la ejecución del presente Contrato a un tercero salvo previa autorización expresa y escrita de la otra PARTE.

CLÁUSULA NOVENA. INTEGRIDAD CONTRACTUAL. Si en cualquier momento, una de las cláusulas de este Contrato es declarada ilegal, inoponible o nula e invalida, la legalidad, validez y efectividad de las demás disposiciones de este Contrato no serán afectadas o deterioradas por esta nulidad.

CLÁUSULA DECIMA. NOTIFICACIONES. Todas las notificaciones, solicitudes, reclamaciones, demandas y otras comunicaciones en relación con este Contrato se darán por escrito y se efectuarán mediante entrega en persona, por servicio de Courier, cable, telecopia, telegrama, télex o correo certificado o registrado, solicitando acuse de recibo con portes prepagados dirigidos en la forma señalada a continuación:

EL CONTRATISTA

REDKIWI SAS

EL CONTRATANTE

NOMBRE DEL CLIENTE

Para constancia se firma el presente documento en la ciudad XXX el día XXX en dos (2) ejemplares de idéntico contenido.

Por el CONTRATANTE,